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Decreto 94/2011, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se extingue el Organismo Autónomo Administrativo Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación.
Decreto 94/2011, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se extingue el Organismo Autónomo Administrativo Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación.
- Texto completo.
- Entrada en vigor: 01.07.2011.
El artículo 60 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2011, establece la autorización al Gobierno de la Comunidad de Madrid, durante el ejercicio 2011, para que mediante Decreto, a propuesta de la Consejería de Economía y Hacienda y a iniciativa de la Consejería interesada por razón de la materia, proceda a reestructurar, modificar y suprimir Organismos Autónomos, Empresas Públicas y demás Entes Públicos, creados o autorizados por Ley, dando cuenta a la Asamblea en un plazo de treinta días desde su aprobación, por razones de política económica, presupuestaria u organizativas.
El Decreto 11/2011, de 16 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, atribuye a la nueva Consejería de Asuntos Sociales, en su artículo 9.2, las competencias
en materia de mujer y de inmigración que ostentaba la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración. Con el objeto de optimizar la eficacia en la actuación de la Consejería de Asuntos Sociales, en las materias que se asumen y avanzar en los principios de austeridad y contención
del gasto público, se procede a suprimir el Organismo Autónomo Administrativo Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de junio de 2011,
DISPONE:
- Artículo 1. Extinción de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación. Queda extinguida la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación, Organismo Autónomo Administrativo, creada por la Ley 4/2005, de 14 de diciembre, de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación, integrándose el conjunto de los bienes, derechos y obligaciones resultantes de su extinción en la Comunidad de Madrid.
- Artículo 2. Régimen de adscripción de personal. El personal funcionario y el laboral que estuviera adscrito al Organismo Autónomo Administrativo Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación pasa a depender orgánicamente, con efectos de la entrada en vigor del presente Decreto, de la Consejería competente en materia de inmigración.
- Disposición final única. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el 1 de julio de 2011.
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